lunes, 29 de agosto de 2011

El ocaso del alquiler



Entre los polémicos proyectos de ley que se discuten en la Asamblea Nacional, uno de los que  produce mayor expectación e intranquilidad es el que se refiere al alquiler de viviendas. Cada vez que los medios de comunicación dan a conocer la aprobación de algún artículo no se hacen esperar los comentarios: Los más pesimistas dicen que esta ley es el giro definitivo hacia el comunismo, ya que con ella se produce una gran confiscación de bienes alquilados, siguiendo las ideas del sistema comunista, donde el único derecho que se reconoce es el de uso; Otros, menos radicales, se oponen al proyecto considerando que sataniza excesivamente al propietario,  privilegiando siempre la posición del inquilino que prácticamente no tendrá deberes que cumplir  y se inmuniza ante cualquier acción que quiera intentarse en su contra; los optimistas, creen que es una ley necesaria, que solucionará los graves problemas que desde hace bastante tiempo se suscitan entre inquilinos y propietarios.

El contrato de arrendamiento comenzó a perfilarse entre las instituciones que nos dejó la sabiduría jurídica de la antigua Roma. De manera sencilla, el arrendamiento tradicional se caracteriza por, un acuerdo donde el propietario de un bien le permite a otra persona que lo use por un tiempo determinado,  pagando una cantidad de dinero; y lo más importante, con la obligación de devolverlo al finalizar. Este contrato fue evolucionando en el tiempo, transformándose  de acuerdo con las necesidades sociales. En el caso específico del alquiler de viviendas,  la intervención estatal lo fue modificando para proteger al inquilino,  tal y como ocurrió en varios países entre los cuales se pueden mencionar a México y España. En Venezuela también se produce esa trasformación, como  puede apreciarse en el viejo Decreto Legislativo de Desalojo de Viviendas y el Decreto Ley de Arrendamientos Inmobiliarios  vigente,  promulgado por este mismo gobierno. En efecto, la legislación actual ampara de manera importante los derechos del inquilino. No se puede negar que la ley vigente tenga sus defectos,  pero favorece de manera importante al arrendatario,  sin desconocer los derechos del arrendador,  ni desnaturalizar el contrato de arrendamiento.

La aprobación del proyecto de ley de arrendamiento tal y como está planteado  va a acabar con el alquiler de viviendas. Más allá de las especulaciones de los teóricos del derecho, la existencia del contrato depende de un elemento psicológico,  como es  la confianza del arrendador  en que el bien  arrendado le será devuelto al finalizar el contrato.  Este sentimiento de tranquilidad y certeza necesario para contratar,  ha desaparecido por el clima de desconfianza que ha generado  tanto el decreto ley sobre el desalojo arbitrario, como este proyecto de ley de arrendamiento. De acuerdo con lo previsto en esos instrumentos legales, recuperar un inmueble arrendado será un verdadero milagro, y en esas condiciones es muy difícil que alguien se arriesgue a alquilar. 

En conclusión, no hace falta ser experto en derecho inquilinario para vaticinarlo que va a pasar con el arrendamiento de viviendas en Venezuela. Por satisfacer peticiones circunstanciales de un grupo, se va privar a toda la población de la posibilidad de alquilar una vivienda.  Así no se legisla. Es cierto que ha habido abusos por parte de los propietarios, pero también se han producido por parte de los inquilinos.  Pero para eso están los tribunales; para juzgar las conductas concretas y sancionar las infracciones a la ley y a los contratos. Con buenos jueces todos los problemas se acabarían, porque si bien las leyes son importantes, más importantes son los jueces: un buen juez imparte justicia hasta con leyes malas, un mal juez echa a perder la mejor ley del mundo.   Lo preocupante es que la ignorancia y la improvisación se metan en los terrenos del derecho y la justicia.  jblanco@ucab.edu.ve  twitter @zaqueoo

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